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Curso 15-16: Caso a resolver
noviembre 5, 2015 | | Deja un comentario
1. Jaime R.S y Marta M.P contrajeron matrimonio en el año 2000. Marta había sufrido cáncer de mama y, como consecuencia del tratamiento de quimioterapia, perdió no solo la capacidad de ovular sino también de gestar. Deseaban ser padres pero, por dicha circunstancia, no les bastaba una fecundación in vitro con óvulo donado.
A través de un amigo conocieron la posibilidad de contratar los servicios de una “madre de alquiler” en EE.UU. y decidieron llevar a cabo una gestación por sustitución en San Diego (California) aportando Jaime el gameto masculino, fruto de la cual nacieron los gemelos David y Pablo en 2011.
2. En los certificados de nacimiento expedidos en California consta que los niños, a pesar de haber nacido de una madre de alquiler, son hijos de Marta y Jaime, lo que fue refrendado por una resolución judicial del Estado de California. Una vez en España deciden inscribir la filiación de los hijos, a lo que el funcionario encargado del Registro Civil consular se opone, al constarle que no es real lo expresado en los certificados de nacimiento, alegando, al tiempo, que la legislación española prohíbe la gestación por sustitución y establece que la filiación de estos hijos viene determinada por el parto (art. 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida). Marta y Jaime recurren tal negativa ante la Dirección General de los Registros y del Notariado que, siguiendo la Instrucción emitida sobre esta cuestión —de obligado cumplimiento para todos los Registros Civiles españoles—, y considerando acreditados los requisitos necesarios, procede a inscribir a los gemelos David y Pablo como hijos de Marta y Jaime.
3. Sin embargo, el Ministerio Fiscal, no conforme con dicha Resolución, la impugna ante los tribunales, dictándose sentencia de primera instancia en la que se ordena dejar sin efecto la inscripción realizada, al amparo de los argumentos asentados por una Sentencia del Tribunal Supremo de 2014.
Marta y Jaime deciden acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, alegando que se ha producido una discriminación y se ha vulnerado su derecho y el de los menores a la vida privada y familiar (art. 8 del Convenio de Roma de 1950), además de que debe prevalecer el interés superior de los menores, lo que exigiría reconocer la filiación.
Cuestiones a resolver:
Responda razonadamente a las siguientes cuestiones, teniendo en cuenta fundamentalmente la perspectiva de las fuentes del Derecho:
1) Desde la posición asignada a su grupo (I: Inscripción de la filiación; o D: Denegación de la inscripción de la filiación) justifique dicha posición mediante los argumentos jurídicos que encuentre en las fuentes de información jurídica (legislación, jurisprudencia, doctrina), y, en particular, acudiendo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
2) ¿Prevalecen las decisiones de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre la doctrina del Tribunal Supremo?
3) ¿Qué valor tiene desde la perspectiva de las fuentes del Derecho el Convenio de Roma de 1950? ¿De qué manera afecta a las normas españolas sobre derechos y libertades?
4) ¿Qué puede hacer un juez español si entiende que el art. 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, es contrario al derecho a la intimidad personal y familiar del art. 18.1 CE según la interpretación del derecho a la vida privada y familiar (art. 8 CEDH) que hace el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?
Textos de referencia.
Lectura básica.
– Las lecciones sobre fuentes del Derecho que se contienen en la obra: AA.VV., Derecho Civil. Parte General. Derecho de la persona, A. López, V. Montés y E. Roca (coords. grales.), Tirant lo Blanch, 4ª ed., 2003, pp. 57 a 96.
Lecturas complementarias.
– Vicente Bellver Capella, “¿Nuevas tecnologías? Viejas explotaciones. El caso de la maternidad subrogada internacional”, en Scio, núm. 11, noviembre de 2015, http://goo.gl/B68mni.
– Miguel Ángel Presno Linera y Pilar Jiménez Blanco: “Libertad, igualdad, ¿maternidad? La gestación por sustitución y su tratamiento en la jurisprudencia española y europea”, en Revista Española de Derecho Europeo, núm. 51 (2014), págs. 9-44. Disponible en https://goo.gl/co5LTv.
– Susana Salvador Gutiérrez: “Reconocimiento registral de la determinación en el extranjero de doble filiación paterna mediante técnicas de gestación por sustitución”, www.elderecho.com. Disponible en http://goo.gl/RkFCtC.